Caracas, 17 Dic. AVN.- La plenaria de la Asamblea Nacional sancionó la madrugada de este viernes, en sesión extraordinaria, la Ley de Instituciones del Sector Bancario, la cual establece que la actividad bancaria es un servicio público, de manera que los usuarios estén protegidos legalmente ante cualquier irregularidad.
El presidente de la Subcomisión de Banca, seguros y otras instituciones financieras del Parlamento, diputado Rafic Souki, explicó que al ser declarada la actividad bancaria como servicio público (artículo 8) los horarios de las entidades bancarias no podrán ser alterados de manera arbitraria.
“Ya lo horarios de los bancos no podrán ser alterados de manera arbitrada por los dueños los bancos sino que esto será supervisado por la Superintendencia de Bancos, que ahora se denominará la Superintendencia de las Instituciones Bancarias”, comentó el parlamentario zuliano.
Manifestó que con este instrumento legal se declaran de utilidad pública los bienes relacionados con la actividad bancaria.
“Esto no significa que van a ser nacionalizados pero sí que en caso de cualquier situación irregular son bienes de utilidad pública y el Estado pudiera proceder a asegurar esos bienes para mantener esos servicios funcionando”.
De igual forma, en esta ley se estipula que la Superintendencia de las Instituciones Bancarias no sólo velará por los intereses de los accionistas de los bancos sino también por los de los usuarios de los bancos.
Otro punto ámbito importante en esta ley es que se crea la inversión de la carga de la prueba en el caso de los reclamos, ya que los bancos, de ahora en adelante, deberán mostrar fehacientemente que el recurso interpuesto por algún cliente es improcedente o no.
“El recurso procede hasta que ellos (los bancos) demuestren que no procede y deben aportar las pruebas”, dijo Souki.
Asimismo, establece sanciones para los directivos de los bancos, así como para los funcionarios públicos que no apliquen los correctivos necesarios en caso de irregularidades.
“Se prohíbe que los funcionarios públicos tengan acciones en la banca y se da un plazo, una disposición transitoria, de 30 días para que cualquier funcionario público que tenga acciones en la banca las venda”.
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