Mie, 16 de Junio 2010, 00:58:14 -- Actualizado: Vie, 14 de Mayo 2010, 21:18:36
¿Cuál es el alcance del Consejo Federal de Gobierno?
El Consejo Federal de Gobierno (CFG) instituye una nueva institucionalidad política y administrativa en Venezuela, y representa “el surgimiento, desde el seno del pueblo organizado, del nuevo orden de administración socialista del país”, según la gubernamental Agencia Bolivariana de Noticias (ABN).


 
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Ccs. 14 May. (Enfoques365).- El Consejo Federal de Gobierno (CFG) instituye una nueva institucionalidad política y administrativa en Venezuela, fundamentada en los consejos comunales y en las comunas, y con base en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno promulgada el pasado 20 de febrero por el presidente Hugo Chávez.

Esta nueva institucionalidad representa lo que, a juicio del actual gobierno venezolano, es la “verdadera descentralización de la administración pública y del ejercicio del gobierno”.

“Representa el surgimiento, desde el seno del pueblo organizado, del nuevo orden de administración socialista del país”, señaló la gubernamental Agencia Bolivariana de Noticias (ABN).

Bajo esta nueva institucionalidad, son los consejos comunales y las comunas las que recibirán y administrarán los recursos financieros que el Estado les otorgará directamente, los cuales, hasta ahora, habían sido otorgados a gobernaciones y alcaldías.

“De esta forma, quedarán a un lado las asimetrías que en la distribución de recursos y oportunidades para el desarrollo ha impuesto la antigua división político territorial del país, heredada del período histórico de la IV República”, dijo ABN.

DMD no sustituyen a alcaldías y gobernaciones, dice Jaua

El CFG contempla la creación de los Distritos Motores de Desarrollo (DMD), una nueva figura también que agrupará a una o varias entidades políticas territoriales a la vez, las cuales “convivirán” con las gobernaciones y alcaldías, y que son los que recibirán los recursos para la ejecución de proyectos previstos en el Plan de Desarrollo Estratégico de la Nación.

“Los DMD contemplados en la ley del CFG no sustituirán de ninguna manera a la actual división político territorial del país, sino que convivirán con las actuales alcaldías y gobernaciones, y su fin único será lograr el progreso regional y nacional con proyectos previstos en el Plan de Desarrollo Estratégico de la Nación”, explicó el vicepresidente ejecutivo, Elías Jaua.

El también ministro de Agricultura y Tierras indicó que estos distritos agruparán zonas que “fueron excluidas durante años de una distribución justa de recursos, lo que les impidió el acceso a medios, instrumentos y planes que le permitieran un desarrollo armónico”.

Jaua le atribuyó la culpa al “modelo oligárquico de concentración de poder que condensó el desarrollo en las zonas costeras del país y no permitió que otros espacios estratégicos, y en consecuencia sus poblaciones, pudiesen lograr el crecimiento económico y social”.

Explicó que la conformación de los DMD permitirá la agrupación de zonas y extensiones territoriales que tienen determinadas fortalezas en áreas comunes específicas y que podrán recibir recursos para completar proyectos puntuales.

“Estamos escogiendo zonas que hasta el momento habían sido excluidas del desarrollo de una distribución de ingresos justos para el desarrollo de esas zonas, pero que no son zonas deprimidas en su vocación, sino que tienen fortalezas en el área agrícolas, turístico, industrial, entre otros.”

Los consejos comunales

Los consejos comunales y comunas son el fundamento de este cambio, pues son las figuras que encarnarán la “nueva realidad político-administrativa” a ser establecida por el CFG.

La Ley que los regula los define de la siguiente manera en el art. 2:

“Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas...

Y remarca que “permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”.

El CFG es la nueva instancia de planificación y coordinación de políticas públicas del Estado venezolano, establecido en el artículo 185 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) aprobada en 1999.

Después de 11 años de vigencia de la Constitución Bolivariana no había entrado en funcionamiento por la falta de una Ley Orgánica que regulara sus pasos, la cual fue promulgada el pasado 20 de febrero.

De acuerdo con el artículo 185 de la CRBV, el CFG es el “órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios”.

Del CFG dependerá el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI), que sustituirá al Fondo Intergubernamental para la Descentralización (Fides), destinado al financiamiento de las inversiones públicas.

Las “desigualdades del antiguo régimen”

Desde la óptica gubernamental hay dos tipos de desigualdades territoriales heredadas del viejo régimen de la IV República, y que ahora serán encaradas por el Estado venezolano con esta nueva Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno.

La primera de ellas viene dada por las “consecuencias demográficas del desarrollo del modelo económico capitalista rentista que ha prevalecido en el país hasta ahora”.

Modelo basado en una economía de puertos, en la cual el país sin producción industrial y con los recursos de la explotación petrolera lo importaba todo, concentrando a casi el 70% de la población en el “eje norte costero”, para “sumir a Venezuela en crecientes desequilibrios demográficos, políticos y sociales”.

“El segundo tipo de desigualdades está dado por la pesada e insólita estructura político-administrativa del Estado al nivel más cercano del ciudadano: concejos municipales y alcaldías”.

Según ABN, un examen de la ubicación de las alcaldías en el territorio nacional “revela una incomprensible distribución por estados que no guarda relación ni con el número de habitantes por cada entidad ni con las necesidades de los pobladores de esas localidades”.

“Esto parece ser la consecuencia histórica del proceso de formación de la institucionalidad del Estado venezolano, en el marco de la democracia burguesa o democracia representativa”.

De acuerdo a este análisis, cinco de los 23 estados (Táchira, Falcón, Mérida, Anzoátegui y Miranda), concentran el 36% (118) de las 328 alcaldías a nivel nacional, con el 26 por ciento de la población total del país (7.311.364 personas), según cifras estimadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), para las elecciones regionales de noviembre de 2008. Para ese entonces, el INE estimaba en 28.120.631 el número de habitantes en el país.

“Los casos de los estados Táchira y Falcón son claras muestras de las asimetrías y desigualdades del viejo régimen político administrativo a nivel local”.

El primero, con 29 alcaldías, debía atender una población estimada por el INE para esa entidad, de 1.207.864 habitantes, y el segundo, con 25 alcaldías, velar por el bienestar de 924.303 pobladores, mientras que el municipio Libertador, en Caracas, con una población estimada de 2.093.920 habitantes, tiene una sola alcaldía.

Otros casos relevantes son los de Mérida, Anzoátegui y Miranda, que tienen respectivamente 23, 21 y 20 alcaldías.

De igual forma, el resto de los estados dispone de un número irregular e injustificado de ayuntamientos “producto, muy probablemente, del oportunismo, la conveniencia y las apetencias de los distintos partidos políticos que juntos y separados gobernaron a Venezuela durante la IV República”.

Así, y como muestra, Trujillo y Zulia tienen 19, Aragua 18; Guárico y Sucre 15, Portuguesa 14, y Carabobo y Monagas 13 cada uno.

Después siguen: Yaracuy y Barinas, con 12; Bolívar y Nueva Esparta con 11, y Cojedes y Lara con 9, cada uno. Continúan Apure y Amazonas con 6 alcaldías, seguidos de Delta Amacuro con 4.

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