Foto El Nacional
Ccs. 18 Nov. (Prensa MP).- El Ministerio Público apeló la decisión que otorgó libertad sin restricciones a las 35 personas detenidas el 12 de noviembre, cuando habrían participado en un hecho irregular en la estación Propatria del Metro de Caracas, situación que produjo retrasos en el servicio del subterráneo.
En ese sentido, el fiscal 23° del Área Metropolitana de Caracas (AMC), Guillermo Atilio González Romero, en el escrito de apelación, cuestionó la decisión del juez 5° de Control, Braulio Sánchez, debido a que omitió importantes elementos aportados durante el acto de presentación.
Adicionalmente, el fiscal González Romero consideró que el Tribunal 5° de Control del AMC, no valoró la alarma pública generada el día del hecho, entre las 8:00 a.m. y 12 del mediodía, cuando no sólo se paralizó el servicio afectando a cientos de miles de usuarios, sino que fue un hecho público, notorio y comunicacional la resistencia a la autoridad demostrada al hacer caso omiso a los representantes de la Policía Nacional Bolivariana (PNB).
Una vez introducido este recurso, se debe emplazar a las 35 personas presentadas para que, con sus representantes legales, realicen sus alegatos. Posteriormente, el Tribunal de Control debe remitir las actuaciones a una sala de la Corte de Apelaciones del circuito judicial penal del AMC.
Vale destacar que las personas detenidas por la PNB por el hecho ocurrido en la estación del metro, fueron imputadas por la presunta comisión de los delitos de resistencia a la autoridad y causar alarma en el sistema de transporte público.
Tales delitos están previstos, el primero en el Código Penal y el segundo en la Ley de los Sistemas Metropolitano de Transporte, la cual en su artículo 28 establece que “cualquiera que cause alarma en tal forma que ponga en peligro la seguridad del Sistema Metropolitano de Transporte o de las personas, será penado con prisión de tres (3) a dieciocho meses”.
En su oportunidad, debido a que la pena establecida no ameritaba privativa de libertad, el representante del Ministerio Público solicitó al Tribunal medidas cautelares de presentación cada 30 días.
Sin embargo, el juez Sánchez desestimó los delitos imputados y decidió que no hubo nada irregular desde el punto de vista penal, es decir, no hubo delito pese a la suspensión del servicio durante varias horas.
Las personas beneficiadas por esa decisión fueron Yohana Marcano, Kemberlim Talero, Yannyireth Delgado, Analuj Useche, Izmenia Torrealba, Nathaly Alarcón, Rosa Valero, Irina Sabagh, Miguel Moreno, Luz Blanquiset, Andreína Duarte, Carmen Parra, Belkis Perico, María Fuenmayor Illera y Mercedes Correa Mendoza.
Igualmente fueron liberadas: Jerry Gil, Heiber Liscano, José Peña, Luis Delfíon, José Canizar, José Marcano, Adráin Monagas, Davinnson Cadevillas, Freddy Umbria, César Mejía, Antonio García, Javier Urbina, Danis Cordova, Luis Lucena, Robert Mora, Eliezer Moreno, Ericson Tovar Crespo, Jofre Marín Sarmiento, Eduar Tartaglia y Juan Bautista Camacaro.
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