Jue, 17 de Junio 2010, 17:31:05 -- Actualizado: Mie, 16 de Junio 2010, 11:25:28
Aprobada en primera discusión reforma a Ley del Mercado de Valores
La reforma prohíbe a las casas de bolsa la intermediación de títulos públicos y prevé la sustitución de la Comisión Nacional de Valores por la Superintendencia Nacional de Valores, cuyo responsable será designado y/o destituido por el presidente de la República.


 
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Foto: Archivo, ABN.

Caracas, 16 Jun. ABN.- Este martes, La plenaria de la Asamblea Nacional (AN) aprobó este martes en primera discusión la reforma a la Ley del Mercado de Valores, informó el presidente de la Comisión de Finanzas, Ricardo Sanguino.

El parlamentario explicó que esta norma está enmarcada en las acciones del Ejecutivo Nacional para fortalecer el sistema financiero nacional, regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país.

La exposición de motivos de la ley destaca que el instrumento jurídico responde a la necesidad de propiciar el funcionamiento eficiente y con transparencia del mercado de valores, dentro de una sana intermediación, con especial atención a los usuarios.

Sanguino resaltó que la ley prohíbe a las casas de bolsa la intermediación de títulos valores, acciones o instrumentos emitidos por el sector público, “salvo que prive el interés nacional”.

Al respecto recordó que recientemente ocurrieron “transacciones perversas que dieron lugar a la modificación de la Ley Contra Ilícitos Cambiarios”.

El diputado destacó el artículo 4 de la ley, referido a la creación de la Superintendencia Nacional del Mercado de Valores, ente encargado de regular y supervisar el funcionamiento eficiente del mercado de valores.

“Se elimina la Comisión Nacional de Valores y se le da a la Superintendencia Nacional del Mercado de Valores una serie de potestades regulatorias, de supervisión y de control sobre la intermediación de títulos valores y acciones”, indicó.

Añadió que la Ley del Mercado de Valores sustituye a la Ley del Mercado de Capitales y otros instrumentos que regulaban este sector del sistema financiero.

El Parlamento ha sancionado hasta la fecha la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional, la reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela y la reforma a la Ley de la Actividad Aseguradora.

Títulos públicos no serán transados por casas de bolsa

Los títulos de la deuda pública nacional no podrán ser transados por las casas de bolsa y las sociedades de corretaje según lo establecido en la reforma a la Ley de Mercado de Valores, explicó la diputada Iroshima Bravo, miembro de la Comisión de Finanzas.

Esta regulación se hizo “como correctivo para evitar que las casas de bolsas y sociedades de corretaje sigan especulando con el dólar permuta”, dijo Bravo en el programa “Dando y Dando”, transmitido por Venezolana de Televisión.  

Aclaró que con esta modificación de la ley no se busca hacer desaparecer a las casas de bolsa sino lograr que éstas se limiten a transar en el sector privado.

“Tanto es así que la Bolsa de Valores de Caracas, en el año 2009, arrojó un porcentaje de casi el 98% de las transacciones eran del sector privado y apenas un 1,7% era de los bonos de Pdvsa”, dijo Bravo.

El papel de la Superintendencia Nacional de Valores

A juicio de Bravo, la creación de la Superintendencia Nacional de Valores contemplada en la reforma de la ley “fortalecerá el sistema financiero nacional y dará una capacidad reguladora más efectiva en el mercado de valores”.

“Es para darle más fortaleza y rango institucional y para que el control la vigilancia de este tipo de mercado sea con mayor rigurosidad y poder, de alguna manera, estabilizar el mercado de valores en el país”, indicó.

Según el artículo 4 del proyecto de ley, la Superintendencia Nacional de Valores será el ente encargado de regular y supervisar el funcionamiento eficiente del mercado de valores, para la protección de las personas que han realizado inversiones y para estimular el desarrollo productivo del país.

Según el artículo 5 de la reforma, la Superintendencia Nacional de Valores actuará bajo la autoridad y responsabilidad del superintendente nacional de valores, quien será designado y destituido por el presidente de la República.

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