Caracas, 04 Mar. ABN.- El Banco Central de Venezuela (BCV) anunció este miércoles que los bancos, a partir del próximo lunes 09 de marzo, deberán mantener un encaje mínimo igual al 25% del monto total correspondiente al saldo marginal.
El saldo marginal se refiere al monto correspondiente del incremento que se genere tanto en las Obligaciones Netas como en las Inversiones Cedidas respecto a sus Bases de Reservas, según corresponda, determinado de acuerdo a la información suministrada semanalmente por cada concepto.
De hecho, en la resolución publicada en página web, se destaca que los bancos comerciales, los bancos universales, los bancos de inversión, los bancos hipotecarios, los bancos de desarrollo, las arrendadoras financieras, las entidades de ahorro y préstamo y los fondos del mercado monetario, deberán mantener un encaje mínimo, depositado en su totalidad en el ente emisor.
Según la disposición, tales instituciones financieras deberán mantener un encaje mínimo del 17% del monto total de la Base de Reserva de Obligaciones Netas, mientras que las instituciones financieras autorizadas para realizar operaciones en el mercado monetario, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, deberán mantener un encaje mínimo depositado en su totalidad en el Banco Central de Venezuela igual al 17% de la base de reserva de inversiones cedidas.
La medida, que busca ampliar la liquidez del mercado local, entrará en vigencia la semana entrante, según lo establece la Gaceta Oficial 39.130 del tres de marzo del corriente año. |
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