Ccs. 07 Oct. (Enfoques365).- El Banco Occidental de Descuento (B.O.D.), de Venezuela, ganó el juicio entablado contra el Banco Santander de España por negarse éste a devolverle los 150 millones de dólares que le había entregado para la adquisición del Banco de Venezuela, operación que no se concretó por causas ajenas a su voluntad.
El Tribunal 26 de Primera Instancia de Madrid condenó al Santander a devolver al B.O.D. los 150 millones de dólares más los intereses generados desde el día 4 de julio de 2008 hasta que se concrete el pago, informó en Caracas la Vicepresidencia de Comunicaciones Corporativas y Relaciones Estratégicas del B.O.D.
El monto había sido adelantado hace dos años por el B.O.D. al banco Santander como opción de compra del Banco de Venezuela, operación que se vio frustrada porque finalmente esa institución bancaria fue adquirida por el Estado venezolano.
El 16 de junio de 2008, el B.O.D. y el Banco Santander firmaron en Madrid un contrato “escrow”, dirigido a garantizar la adquisición del Banco de Venezuela por parte de esta entidad financiera venezolana, a cuyo efecto éste entregó al Banco Santander la cantidad indicada para asegurar la operación de compra-venta.
El cierre de la operación debía tener lugar en Madrid el 4 de julio de 2008, pero el Ministerio de Finanzas de Venezuela dictó el 18 de julio la Resolución 2079 que sometía a autorización previa la desincorporación de notas estructuradas en poder de la banca.
El B.O.D. solicitó la debida autorización y la Superintendencia de Bancos negó la adquisición del Banco de Venezuela por parte del B.O.D. Posteriormente, como se sabe, el Gobierno Nacional terminó adquiriendo el Banco de Venezuela al Grupo Santander.
De acuerdo a la fuente, el B.O.D hizo gestiones amistosas con el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, para que le fuera devuelta la garantía que había entregado de buena fe. Sin embargo esas gestiones resultaron infructuosas, razón por la que presentó la demanda en mayo del 2009.
Contestada la demanda, realizada la audiencia previa, presentadas y evacuadas las pruebas, el 16 de septiembre de 2010 el Juzgado de Primera Instancia Nº 26 de Madrid, presidido por la jueza Rocío Nieto Centeno, dictó sentencia contra el Banco Santander, declarando que el B.O.D. estuvo impedido de adquirir las acciones del Banco de Venezuela “como consecuencia de un acontecimiento sobrevenido que no le es imputable”.
Si el Banco Santander opta por apelar la sentencia debe cumplirla para que su apelación pueda ser oída, de modo que este veredicto hace justicia a la solicitud del B.O.D. de recuperar el monto entregado como garantía, el cual se materializará de inmediato, pues la operación de compra no se concretó con el banco sino con el Gobierno Nacional.
El B.O.D. estuvo representado en el juicio en España por el despacho de abogados Gómez-Acebo & Pombo. El equipo de abogados venezolanos estuvo integrado por Alfredo Morles Hernández, Pedro Rendón Oropeza y Ramón José Medina. Como testigos expertos actuaron en el juicio por el B.O.D. los profesores José Mélich Orsini, Gonzalo Pérez Luciani y Luis Fraga Pittaluga.
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