Caracas, 09 oct. (ABN).- Ante el asueto del 12 de octubre, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) recordó a los venezolanos que decidan viajar fuera del país y traer mercancías nuevas de uso personal, que las mismas están exentas del pago de impuestos si el valor no excede los mil dólares americanos, es decir, 2 mil 150 bolívares.
La garantía en el cumplimiento de este beneficio del Estado venezolano, a través de la Ley Orgánica de Aduanas y su Reglamento, corresponde a los funcionarios del organismo recaudador apostados en los aeropuertos internacionales del país.
Después de que las autoridades migratorias autorizan el ingreso al país, los funcionarios de las aduanas aéreas venezolanas proceden a la revisión no intrusiva del equipaje de los pasajeros, mediante la máquina de Rayos X.
Paralelamente, se analiza la Declaración Única de Aduanas (DUA) del viajero, cuya planilla debe ser proporcionada por la aerolínea en la que se traslada o, en su defecto, por el Seniat cuando aborde el punto de control aduanero.
En la DUA se registrará el conjunto de mercancías nuevas, de uso personal y familiar, que no habrá de superar los mil dólares americanos, a los fines de disfrutar del beneficio de exención de gravámenes que contempla la legislación aduanera vigente.
Quedan restringidas de esta exención las mercancías que por el arancel de aduanas se definan como de prohibida importación, reseñó una nota de prensa del Seniat.
Se consideran como artículos de uso o consumo personal las prendas de vestir, artículos de tocador, medicamentos para el tratamiento del pasajero, joyas, libros, revistas; coches para bebés, instrumentos musicales, artículos electrónicos (videograbadoras, videojuegos, teléfonos celulares y ordenadores personales), entre otros.
El Régimen de Equipaje de Pasajeros se trata de una normativa creada a los efectos de evitar los ilícitos aduaneros, el delito del contrabando y, por ende, proteger a la economía nacional.
Si un pasajero introduce al territorio nacional productos de uso personal y sin fines comerciales que fluctúen entre 1.001 y 2.000 dólares (o su equivalente en otra divisa extranjera), el Seniat aplicará un descuento en los respectivos gravámenes que oscilará entre 5% y 10%.
El viajero deberá consignar ante la administración aduanera todas las facturas de las mercancías que reportan el exceso de los mil dólares estipulados por la ley. En caso contrario, el valor de las mercaderías lo establecerá el Seniat, de acuerdo con el Acuerdo General Sobre Comercio y Aranceles (GATT).
Si las mercancías del pasajero fueron adquiridas con más de 2.000 dólares americanos (o su equivalente en otra moneda extranjera), entonces habrá que ir a un proceso ordinario de nacionalización, sin necesidad de recurrir a un agente de aduanas, dado que no se pierde la condición de equipaje.
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